
propuesta de contrato de representación artística
Señores artistas, el viaje no solo no termina aquí, sino que comienza. Nos movemos a artitic.art online y a las paredes de mi nuevo Studio-Gallery-Artitic.art para recibir coleccionistas privados bajo cita. A continuación os presento mi propuesta de promoción y venta de vuestra obras, de manera individual a cada artista que le interese, y por supuesto, sin compromiso ninguno. Al que le interese bien y al que no, aquí paz y no a la guerra. Esta propuesta no está orientada a todo el Grupo Prismart XII, únicamente al que le interese, repito.
ESTRATEGIA DE VENTA. A través de la tienda online (disponible en unos breves días) de artitic.art. A través de la presencia física en mi Studio-Gallery-Artitic.art. Promocionándolas a todas y cada una de las Galerías de Arte de Madrid proponiendo su venta como fondo de Galería o en su propuesta de exposición individual o colectiva.
De esta manera, vosotros como artistas vendeis vuestra obra, la Galería de Arte gana y yo facturo por haber hecho la mediación y custodia de la obra.
Al artista que le interese, se podrán utilizar para la segunda exposición del Grupo Prismart XII a realizar dentro de seis meses, el 21 de noviembre de 2026.
REUNIDOS
De una parte: D. Juan José Puebla Ronquillo, con DNI ________, en adelante el MARCHANTE, director de la plataforma y revista digital artitic.art y del espacio físico Studio-Gallery-Artitic.art ubicado en Getafe.
De otra parte: D./Dña. [Nombre del Artista], con DNI ____________, en adelante el ARTISTA.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para obligarse y firmar el presente contrato, a cuyo efecto:
EXPONEN
I. Que el ARTISTA es creador de obras de arte plásticas y está interesado en la promoción, exhibición y venta de sus obras.
II. Que el MARCHANTE dispone del prestigio, los conocimientos profesionales, la plataforma digital artitic.art (incluyendo tienda online y portafolios a medida) y el espacio físico Studio-Gallery-Artitic.art idóneos para la promoción y comercialización de obras de arte.
III. Que ambas partes acuerdan regular su relación profesional bajo las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. El ARTISTA encomienda al MARCHANTE, con carácter de exclusividad para las obras seleccionadas en el Anexo I, la gestión de la promoción, exhibición tanto digital (en artitic.art) como física (en el Studio-Gallery de Getafe), y la mediación en la venta de dichas obras tanto a particulares como a Galerías de Arte.
SEGUNDA. SERVICIOS INCLUIDOS Y TARIFA DE CONFIGURACIÓN. Para el correcto posicionamiento y prestigio de la obra, el MARCHANTE desarrollará un Portafolio de Artista Exclusivo y optimizado dentro de la web de la revista. Por la conceptualización, montaje digital, uso de infraestructura y mantenimiento de esta exposición permanente, el ARTISTA abonará al MARCHANTE una tarifa fija de 450€ (pago único de alta y exento de abonar para los artistas del Grupo Prismart XII).
TERCERA. COMISIONES POR VENTA. En contraprestación por la labor de marchonazgo, mediación comercial, atención a coleccionistas en el Studio-Gallery y uso de la pasarela de pago online, las partes acuerdan los siguientes porcentajes sobre el Precio de Venta al Público (PVP) fijado en el Anexo I:
- 25% del PVP para el MARCHANTE en concepto de comisión por venta.
- El porcentaje restante corresponderá al ARTISTA. El ARTISTA propone el PVP de cada obra que el MARCHANTE respetará en todos los casos.
CUARTA. DEPÓSITO DE LAS OBRAS. Las obras seleccionadas quedarán en depósito físico en el Studio-Gallery-Artitic.art del MARCHANTE en Getafe, El MARCHANTE queda expresamente facultado para exhibir dichas obras en su propio espacio, ofrecerlas como fondo de galería a terceras entidades colaboradoras de Arte, y seleccionarlas para la próxima exposición programada para el 21 de noviembre de 2026, garantizando siempre la máxima difusión y seguridad de las piezas.. El transporte y entrega de las obras hasta el Studio-Gallery-Artitic.art correrá a cargo del ARTISTA, excepto en el caso de los artistas pertenecientes al Grupo Prismart XII, en cuyo caso correrá a cargo de El MARCHANTE, que se compromete al cuidado y correcta exhibición de las mismas.
QUINTA. DURACIÓN. El presente contrato tendrá una duración indefinida a partir de la fecha de su firma, no teniendo ningún tipo de obligación de permanencia. El presente contrato se entenderá por terminado cuando alguna de las partes notifique su voluntad de darlo por finalizado, notificándolo con 30 días de antelación.
Y en prueba de conformidad, firman el presente contrato por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha abajo indicados.
ANEXO I: Catálogo de Obras en Depósito y Precios
(lista de los cuadros depositados en el Studio-Gallery-Artitic.art, una foto pequeña, título, técnica, medidas y el precio de venta acordado).
(Las fotografías son un ejemplo, no suponen ningún compromiso de contrato)















